EL CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO DE LA UNIVERSIDAD DE SAN CARLOS DE GUATEMALA,


con base en la emergencia global relacionada con el nuevo coronavirus y la enfermedad asociada denominada Covid-19, la información emitida por la Organización Mundial de la Salud y el Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social, emite el segundo:

COMUNICADO

A LA COMUNIDAD SANCARLISTA Y A LA SOCIEDAD GUATEMALTECA

 

PRIMERO: Instruir a las autoridades de cada Unidad Ejecutora para que el lunes 16 de marzo defina bajo su estricta responsabilidad cómo atenderá sus servicios esenciales y/o prioritarios, trasladando el listado de las personas con acceso a los Campus Universitarios quienes atenderán a partir del martes 17 de marzo de 2020 presencialmente por turnos dichos servicios y queda bajo la responsabilidad de cada unidad ejecutora la reducción de las jornadas ordinarias laborales, en caso fuera necesario. Los demás servicios administrativos se seguirán prestando en forma virtual, según corresponda a partir del martes 17 de marzo al 13 de abril de 2020. Todos los trabajadores a quienes se refiere este punto quedan a disposición y bajo la dependencia inmediata de la autoridad nominadora. (Se debe garantizar el pago de erogaciones consideradas como esenciales o prioritarias, entendiéndose como tales: el pago de salarios, prestaciones laborales, rentas consignadas, pago de servicios básicos, pago a proveedores, debiendo cumplir con los plazos establecidos en la ley, normas, reglamentos, convenios específicos, órdenes de juez competente y otros.)

SEGUNDO: Se autoriza no presentarse a sus labores presenciales a partir del día lunes 16 de marzo al 13 de abril de 2020 a todas aquellas trabajadoras embarazadas o en período de lactancia, padres de familia con niños menores en edad escolar (preprimaria y primaria) para cuidarlos en casa, así como, trabajadores (as) de la tercera edad (60 años en adelante) u otros de menor edad que padecen enfermedades crónicas de alto riesgo. Debiendo permanecer en sus hogares. Todos los trabajadores a quienes se refiere este punto quedan a disposición y bajo la dependencia inmediata de la autoridad nominadora.

TERCERO: Se suspenden trámites presenciales de: Pruebas de admisión, inscripciones, asignaciones de cursos, equiparaciones, certificaciones de cursos, cierres de pensum, exámenes públicos actos de imposición de togas, exámenes técnicos profesionales, exámenes privados incorporaciones e impresión de títulos.

CUARTO: Instruir a las autoridades de cada Unidad Académica para que el lunes 16 de marzo de 2020 se coordine con los docentes cómo se atenderán las actividades académicas a través del uso de las plataformas virtuales, lo relativo al proceso de capacitación y definir la atención de los
servicios esenciales, de investigación y de extensión, trasladando el listado de las personas que requieran ingresar a los Campus Universitarios. Todos los docentes a quienes se refiere este punto quedan a disposición y bajo la dependencia inmediata de las Juntas Directivas, Consejos Directivos
y/o autoridades que correspondan.

QUINTO: Reconocer que el servicio de prácticas de los estudiantes en el sector salud, es de índole académico y de extensión universitaria como labor de servicio humanista, social y científica reconociéndose como actividad estudiantil de la Universidad de San Carlos de Guatemala a la
sociedad guatemalteca, la cual está regulada por las respectivas Unidades Académicas.

Solicitar al Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social -MSPAS- y al Instituto Guatemalteco de Seguridad Social -IGSS- el cumplimiento de proveer los insumos básicos y el equipo de protección individual a todos los estudiantes universitarios del área de la salud, de acuerdo a los artículos 93, 94 y 95 contenidos en la sección séptima relativos a la salud, seguridad y asistencia social de la Constitución Política de la República de Guatemala.

Ante el estado de calamidad decretado por el Estado de Guatemala, y en cumplimiento de las leyes que rigen a nuestra universidad, se instruye a la Dirección General de Administración, para que, en coordinación con las unidades académicas del área de salud, de acuerdo con las posibilidades
presupuestarias, provean los insumos básicos a los estudiantes de la USAC, que están prestando sus servicios en el sistema de salud.

SEXTO: Se restringe el ingreso a los Campus Universitarios y demás instalaciones universitarias, a toda persona particular que no cuente con la autorización de las autoridades competentes, mientras dure el período de emergencia, del martes 17 de marzo al 13 de abril de 2020.

SÉPTIMO: Para garantizar la modalidad de educación virtual, así como, de protección para el personal, se instruye a la Dirección General de Administración, la Dirección General de Docencia y la Dirección General Financiera, brindar los recursos técnicos, materiales y financieros para atender lo relativo a las plataformas virtuales, así como, el equipo e insumos de saneamiento e higiene que se requiere en cada unidad académica o administrativa.

OCTAVO: En casos especiales o no previstos, se faculta a las unidades ejecutoras coordinar con la administración central, en atención al plan de contingencia.

NOVENO: La presente resolución se emite con el propósito de dar cumplimiento a las medidas de prevención y contención que han sido implementadas hasta el momento para resguardar la vida y
la salud de la comunidad universitaria y la sociedad en general.
Guatemala, 15 de marzo del 2020.

 

Guatemala, 15 de marzo del 2020.

 

Este es el comunicado oficial

 

Por Admin

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