El CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO DE LA UNIVERSIDAD DE SAN CARLOS DE GUATEMALA Y EL RECTOR M. SC. ING. MURPHY OLYMPO PAIZ RECINOS A TRAVÉS DE LA COMISIÓN UNIVERSITARIA PARA LA ATENCIÓN A LA POBLACIÓN CON DISCAPACIDAD,

 

ANTE LA SITUACIÓN DE VULNERABILIDAD DE LA POBLACIÓN GUATEMALTECA EN CONDICIÓN DE DISCAPACIDAD EN LA PRESENTE PANDEMIA DEL COVID-19,

MANIFIESTA:

Que los riesgos que presenta la enfermedad COVID-19, en el país, son graves para todas las personas de distintas edades y condiciones, pero particularmente para aquellas en condición de discapacidad, pues no se toman en cuenta posibles soluciones integrales con medidas inclusivas y de ajustes razonables, para asegurar y promover el pleno respeto de sus derechos humanos en cuanto a inclusión social, económica, cultural, de salud y ambiental.

Según la Organización Mundial de la Salud (OMS), en el año 2011 se estableció que el 15% de la población mundial vive con alguna condición de discapacidad, pero en países como Guatemala, este porcentaje llega hasta un 20%. La segunda Encuesta Nacional para la Atención de las Personas con Discapacidad (ENDIS), dirigida por el Consejo Nacional para la Atención de las Personas con Discapacidad en Guatemala (CONADI, 2016), estableció un 10.2% de prevalencia de la discapacidad en el país y el Censo Nacional de Población y de Vivienda (2018), refiere un 10.38% de población en esas condiciones.

Desde la perspectiva de las personas en situación de discapacidad, se perciben las relaciones dificultosas que existen en su entorno y ambiente social. Esto se evidencia en la construcción de políticas públicas expresadas en los diferentes programas propuestos por las Instituciones del Estado ante esta Pandemia, en donde no hay una efectiva respuesta a las necesidades básicas propias de este sector de la población.

 

POR LO ANTERIOR SE SOLICITA:

1.  Al Ministerio de Trabajo y Previsión Social, velar por los derechos de los trabajadores que presentan una condición de discapacidad, considerando la falta de marcos normativos específicos que les brinden las herramientas para desarrollarse en el campo laboral, tomando en cuenta que las medidas de austeridad implementadas les han afectado y vulnerado, colocándolos en un riesgo mayor.

2.  Al Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social, generar protocolos de atención específicos, que atiendan las necesidades sanitarias de las personas en condición de discapacidad, que resulten contagiados del COVID-19, considerando que la movilidad, el distanciamiento social y aislamiento personal es imposible, especialmente para quienes requieren apoyo y atención permanentes.

3. Al Ministerio de Desarrollo Social, establecer criterios para la ayuda y asistencia económica, de acuerdo al Decreto legislativo 13-2020, «Ley de rescate económico a las familias por los efectos causados por el COVID-19», tomando en cuenta hogares, en donde exista por lo menos una persona en condición de discapacidad.

4.  A los organismos del Estado, así como a las entidades autónomas y descentralizadas pertinentes, a que implementen una política pública de empleo y generación de ingresos para las personas en condición de discapacidad, con el objeto de que dicha población solvente sus necesidades a corto, mediano y largo plazos, contribuyendo así, al desarrollo de país.

Se alienta a toda la población e instituciones del Estado guatemalteco a que apliquen y materialicen las consignas establecidas en la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad de las Naciones Unidas del 2006: “Nada de nosotros sin nosotros”, y de la Agenda 2030 y de los Objetivos de Desarrollo Sostenible: “Nadie se queda atrás”, ya que es indispensable que toda la población en condición de discapacidad del país esté representada, incluida y sea consultada en cada disposición, para mejorar la calidad de vida con equidad y justicia social.

 

“Id y enseñad a todos”

Guatemala, 3 de junio de 2020

Por Admin

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