EL CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO DE LA UNIVERSIDAD DE SAN CARLOS DE GUATEMALA Y EL RECTOR M.Sc. ING. MURPHY OLYMPO PAIZ RECINOS

ANTE LA ACTUAL SITUACIÓN DE LA CORTE DE CONSTITUCIONALIDAD DE GUATEMALA

CONSIDERANDO:

La Corte de Constitucionalidad es un tribunal permanente de jurisdicción privativa, cuya función esencial es la defensa del orden constitucional; actúa como tribunal colegiado con independencia de los demás organismos del Estado y ejerce funciones específicas que le asigna la Constitución y la ley de la materia. Se integra por cinco magistraturas titulares y cinco magistraturas suplentes.

La institución jurídica de magistraturas suplentes, como todo órgano colegiado de justicia, tiene como fin fundamental garantizar la impartición de justicia ante casos fortuitos, incapacidades sobrevenidas o inhibitorias de sus magistraturas titulares. El derecho a la justicia y la tutela judicial efectiva se encuentra reconocido en la Constitución Política de la República y tratados internacionales en materia de derechos humanos, su retardo o incumplimiento del deber con la justicia puede hacer incurrir al Estado de Guatemala y sus funcionarios en responsabilidad internacional y conforme a las leyes del país.

POR LO ANTERIOR:

1. Exhortan al pleno de la Corte de Constitucionalidad de Guatemala a conocer y resolver sobre la solicitud de la familia del magistrado y docente titular de esta casa de estudios, Neftaly Aldana Herrera, de conformidad con la ley y con sentido humanitario, para aclarar su situación jurídica en la magistratura titular que ejerce por designación de la Corte Suprema de Justicia de Guatemala.

2. Exhortan al Colegio de Abogados de Guatemala a iniciar los procesos correspondientes para la designación de la persona que ocupará la magistratura titular vacante desde el sensible fallecimiento del Dr. Bonerge Mejía Orellana, ilustre miembro de la comunidad sancarlista, con el objeto de culminar satisfactoriamente el período 2016-2021 de la Corte de Constitucionalidad de Guatemala.

3. Solicitan a la Corte de Constitucionalidad no paralizar la impartición de la justicia constitucional y resolver procesos pendientes de la población guatemalteca y de alta trascendencia nacional, como la solicitud de aclaración y ampliación requerida sobre la sentencia emitida el 27 de noviembre de 2019, dentro del expediente 5510-2018, relativa a la asignación privativa a la Universidad de San Carlos de Guatemala no menor al Presupuesto de Ingresos Ordinarios del Estado, integrado por los ingresos tributarios sin deducción alguna, la cual tuvo que ser resuelta en un plazo de 48 horas y, hasta la fecha, van 313 días sin resolver la materia.

La Universidad de San Carlos de Guatemala continúa al servicio de la población guatemalteca con su capital humano, garantizando el derecho a la educación superior, el conocimiento científico, y su aporte al análisis e investigación de los problemas nacionales. 

 

“Id y enseñad a todos”

Guatemala, 8 de octubre de 2020

Por Admin

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