El Consejo Superior Universitario y el Rector de la Universidad de San Carlos de Guatemala Sc. Ing. Murphy Olympo Paiz Recinos,

 Ante la sentencia emitida por la Corte de Constitucionalidad (CC) con respecto al cálculo de la asignación presupuestaria para la USAC, establecida en el artículo 84 de la Constitución Política de la República de Guatemala:

“Corresponde a la Universidad de San Carlos de Guatemala una asignación privativa no menor del cinco por ciento del Presupuesto General de Ingresos Ordinarios del Estado, debiéndose procurar un incremento presupuestal adecuado al aumento de su población estudiantil o al mejoramiento del nivel académico”,

 MANIFIESTAN:

 La sentencia emitida dentro del expediente 5510-2018, de fecha 27 de noviembre de 2019, otorgada ante la acción de amparo interpuesta por la Asociación de Estudiantes Universitarios “Oliverio Castañeda de León”, en la que de manera conteste con la sentencia del 10 de junio de 2014, emitida por la alta Corte dentro del expediente 5298-2013, aclara la defensa del espíritu de la Constitución Política de la República y recupera el sentido original de los aportes constitucionales establecidos por primera vez en 1956, los cuales se otorgan sin deducción alguna del total de los ingresos ordinarios del Estado, enfocados en sectores prioritarios para el desarrollo del país.

En la citada sentencia, lo resuelto es claro y no susceptible de modificación a través de un recurso de aclaración y ampliación. El máximo tribunal del país exhorta al Ministerio de Finanzas Públicas y al Congreso de la República a que respeten la supremacía constitucional y se establezca la asignación presupuestaria constitucional “[…] acreditada directamente del total de los ingresos tributarios, sin que prime, para ese efecto, ninguna otra deducción de distinto carácter”.

La Universidad de San Carlos de Guatemala, como única universidad pública del país, atiende a más de la mitad de estudiantes de nivel universitario, permite la formación de nuevos profesionales y brinda servicios de proyección social a la población guatemalteca a pesar de constantes limitaciones presupuestarias.

POR LO ANTERIORMENTE EXPUESTO, SOLICITAMOS:

  1. A la Corte de Constitucionalidad, respetuosamente, la pronta resolución de los recursos de aclaración y ampliación interpuestos en la primera semana de diciembre de 2019 que, hasta la fecha, no han sido resueltos dentro del expediente 5510-2018. La debida ejecución de la sentencia permitirá el equilibrio financiero de la Universidad de San Carlos de Guatemala y su desarrollo sostenible de acuerdo con las necesidades de la población.
  2. Al Congreso de la República, considerar en el trabajo de la Comisión de Finanzas y Moneda los preceptos constitucionales y las sentencias que sientan precedente del situado constitucional para la Universidad de San Carlos de Guatemala; al pleno del Congreso de la República, la voluntad política para aprobar los fondos pertinentes que faciliten a los estudiantes universitarios de los 22 departamentos contar con los recursos que permitan ampliar sus oportunidades de desarrollo humano incluyente y, así, contribuir al progreso del país.
  3. A la comunidad universitaria y población en general, continuar en la defensa de la autonomía universitaria y colaborar en la construcción del presente y futuro del país a través de la inversión en educación profesional.

Invertir en educación superior contribuye al desarrollo del país. La Universidad de San Carlos de Guatemala por más de 344 años ha formado profesionales responsables de los avances sociales, científicos, culturales y políticos del país y su compromiso con la sociedad sigue vigente.

 

“ID Y ENSEÑAD A TODOS”

Guatemala, 20 de septiembre de 2020

 

Por Admin

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