El Consejo Superior Universitario de la Universidad de San Carlos de Guatemala,
ante la emisión del Acuerdo Gubernativo 205-2019, “Reformas al reglamento para la fortificación de la sal con yodo y sal con yodo y flúor”, Acuerdo Gubernativo Número 29-2004, que reforma el “Reglamento para la fortificación de la sal con yodo y sal con yodo y flúor”,
CONSIDERANDO:
1. Que la Constitución Política de la República de Guatemala establece que el Estado guatemalteco se organiza para “proteger a la persona y a la familia”, como parte de su fin supremo: “la realización del bien común”, garantiza y protege la vida humana desde su concepción, así como la integridad y la seguridad de la persona; protege la salud física, mental y moral de los menores de edad y de los ancianos garantizando su derecho a la alimentación, salud, educación, seguridad y previsión social.
2. Que, a nivel regional y nacional, la fortificación de la sal con yodo y flúor es una de las políticas de salud pública más efectivas que permite coadyuvar a la prevención de bocio, cretinismo, retraso mental y caries dental tanto en niños como en adultos; además, la enfermedad periodontal y mala posición dentaria.
EXPRESA SU PREOCUPACIÓN:
Debido a que, lejos de permitir un mejor control y vigilancia de estos componentes, las reformas planteadas en el Acuerdo Gubernativo 205-2019:
- Podrían dejar fuera del control de cualquier regulación a la sal, que por cuestiones discrecionales, no cumpla con las características físicas descritas.
- Elimina la obligatoriedad de fortificar la sal artesanal de calidad alimentaria para consumo humano directo con yodo y flúor.
- Elimina la obligatoriedad de fortificar la sal de consumo animal con yodo.
- Habilita la posibilidad de usar sal no fortificada para la industria alimentaria.
- Delega la responsabilidad del control y vigilancia del cumplimiento de las normas establecidas en dicho decreto al Departamento de Regulación y Control de Alimentos, un departamento centralizado que dispone de limitados recursos para garantizar el cumplimiento de cualquier norma en todo el territorio nacional.
POR TANTO, DEMANDA:
- Al Estado de Guatemala, particularmente al presidente de la República de Guatemala, derogar el Acuerdo Gubernativo 205-2019.
- Al ministro de Salud Pública y Asistencia Social y al ministro de Economía, proponer reformas responsables, encaminadas a promover y vigilar el cumplimiento de la fortificación de la sal artesanal de calidad alimentaria para consumo humano directo, así como la sal de consumo animal, y no utilizar sal no fortificada en la industria alimentaria; promover, entre los productores, distribuidores y comercializadores, la adecuada distribución de la sal fortificada; fomentar entre la población el consumo de sal fortificada; fortalecer y desconcentrar los equipos técnicos regulatorios para garantizar el control sanitario y la adecuada distribución de la sal fortificada.
- Al ministro de Salud Pública y Asistencia Social, que se fortalezca el Departamento de Regulación y Control de Alimentos, mejorando la capacidad técnica en el fortalecimiento de la sal con yodo y flúor.
- Al Organismo Legislativo, vigilar y procurar que las instancias gubernamentales actúen privilegiando el interés común ante los intereses particulares; y garantizar que las instancias gubernamentales cuenten con un presupuesto digno que les permita disponer de los recursos necesarios para cumplir de manera efectiva con el marco normativo y con las funciones de vigilancia y control de la salud.
“ID Y ENSEÑAD A TODOS”
Guatemala, 18 de noviembre de 2019