El Consejo Superior Universitario de la Universidad de San Carlos de Guatemala,

ante la emisión del Acuerdo Gubernativo 205-2019,  “Reformas al reglamento para la fortificación de la sal con yodo y sal con yodo y flúor”, Acuerdo Gubernativo Número 29-2004, que reforma el “Reglamento para la fortificación de la sal con yodo y sal con yodo y flúor”, 

CONSIDERANDO:

1. Que la Constitución Política de la República de Guatemala establece que el Estado guatemalteco se organiza para “proteger a la persona y a la familia”, como parte de su fin supremo: “la realización del bien común”, garantiza y protege la vida humana desde su concepción, así como la integridad y la seguridad de la persona; protege la salud física, mental y moral de los menores de edad y de los ancianos garantizando su derecho a la alimentación, salud, educación, seguridad y previsión social.

2. Que, a nivel regional y nacional, la fortificación de la sal con yodo y flúor es una de las políticas de salud pública más efectivas que permite coadyuvar a la prevención de bocio, cretinismo, retraso mental y caries dental tanto en niños como en adultos; además, la enfermedad periodontal y mala posición dentaria.

EXPRESA SU PREOCUPACIÓN:

Debido a que, lejos de permitir un mejor control y vigilancia de estos componentes, las reformas planteadas en el Acuerdo Gubernativo 205-2019:

  1. Podrían dejar fuera del control de cualquier regulación a la sal, que por cuestiones discrecionales, no cumpla con las características físicas descritas.
  2. Elimina la obligatoriedad de fortificar la sal artesanal de calidad alimentaria para consumo humano directo con yodo y flúor.
  3. Elimina la obligatoriedad de fortificar la sal de consumo animal con yodo.
  4. Habilita la posibilidad de usar sal no fortificada para la industria alimentaria.
  5. Delega la responsabilidad del control y vigilancia del cumplimiento de las normas establecidas en dicho decreto al Departamento de Regulación y Control de Alimentos, un departamento centralizado que dispone de limitados recursos para garantizar el cumplimiento de cualquier norma en todo el territorio nacional.

POR TANTO, DEMANDA:

  • Al Estado de Guatemala, particularmente al presidente de la República de Guatemala, derogar el Acuerdo Gubernativo 205-2019.
  • Al ministro de Salud Pública y Asistencia Social y al ministro de Economía, proponer reformas responsables, encaminadas a promover y vigilar el cumplimiento de la fortificación de la sal artesanal de calidad alimentaria para consumo humano directo, así como la sal de consumo animal, y no utilizar sal no fortificada en la industria alimentaria; promover, entre los productores, distribuidores y comercializadores, la adecuada distribución de la sal fortificada; fomentar entre la población el consumo de sal fortificada; fortalecer y desconcentrar los equipos técnicos regulatorios para garantizar el control sanitario y la adecuada distribución de la sal fortificada.
  • Al ministro de Salud Pública y Asistencia Social, que se fortalezca  el Departamento de Regulación y Control de Alimentos, mejorando la capacidad técnica en el fortalecimiento de la sal con yodo y flúor.
  • Al Organismo Legislativo, vigilar y procurar que las instancias gubernamentales actúen privilegiando el interés común ante los intereses particulares; y garantizar que las instancias gubernamentales cuenten con un presupuesto digno que les permita disponer de los recursos necesarios para cumplir de manera efectiva con el marco normativo y con las funciones de vigilancia y control de la salud.

“ID Y ENSEÑAD A TODOS”

Guatemala, 18 de noviembre de 2019

 

Por Admin

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