EL CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO DE LA UNIVERSIDAD DE SAN CARLOS DE GUATEMALA Y EL RECTOR MSC. ING. MURPHY OLYMPO PAIZ RECINOS
Ante las declaraciones del Señor Presidente Constitucional de la República de Guatemala Dr. Alejandro Giammattei en cadena nacional el 26 de marzo 2020, referentes al llamado al Instituto Guatemalteco de Seguridad Social -IGSS- para aportar al pago de salarios de la clase trabajadora en el marco de las medidas para evitar la propagación del nuevo Coronavirus (COVID-19), la Universidad de San Carlos de Guatemala a la población en general, al Presidente de la República y a la Junta Directiva del Instituto Guatemalteco de Seguridad Social,
COMUNICA:
La existencia y autonomía del Instituto Guatemalteco de Seguridad Social -IGSS- constituye una conquista social de la primavera democrática del periodo de 1944-1954. El mismo como institución debe ser protegido, fortalecido y mejorado progresivamente para garantizar una seguridad social pública de calidad a la clase trabajadora del país.
La Constitución Política de la República en su artículo 100 reconoce el derecho humano a la seguridad social y es clara al indicar que el fin fundamental del IGSS y sus recursos es la prestación de servicios médicos para conservar, prevenir o restablecer la salud de los habitantes.
En observancia a los considerandos de su Ley Orgánica, el régimen de Seguridad Social se fundamenta en el principio de realidad y se desenvuelve con base a un delicado mecanismo financiero, de tal manera que no es posible ni aconsejable olvidar en ningún momento que los egresos deben estar estrictamente proporcionados a los ingresos y que no se pueden ofrecer beneficios determinados sin antes precisar sus costos y sin saber previamente si los recursos que al efecto se hayan presupuestado van a ser efectivamente percibidos, y, sobre todo, si van a alcanzar para cumplir los compromisos adquiridos.
Los fondos del IGSS, conforme a su referida Ley Orgánica y reglamentos, son propiedad de los beneficiarios, trabajadores y jubilados con un destino específico contemplado en los artículos 29 al 36. Actualmente se utilizan para realizar las correspondientes pensiones mensuales a aproximadamente 180,000 jubilados, y la atención a más de 300,000 pacientes al año con diversidad de enfermedades cuyo tratamiento no se podría atender en la red hospitalaria nacional del país, ni la mayoría de los trabajadores cuentan con la capacidad económica para pagarla en el sector privado de la salud.
La situación de prestación de servicios a la población afiliada se encuentra desde hace varios años en una situación complicada debido que se estima que el sector privado y el Estado adeudan aproximadamente cincuenta mil millones de quetzales en concepto de cuotas patronales de años anteriores, indispensables para su correcto funcionamiento.
POR LO ANTERIOR, COMO INSTITUCIÓN AUTÓNOMA Y EN CUMPLIMIENTO DE SU MANDATO CONTENIDO EN EL ARTÍCULO 82 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LA REPÚBLICA:
1. SOLICITA al sector patronal privado y estatal buscar mecanismos económicos que aseguren el cumplimiento del salario y los derechos laborales del sector trabajador sin comprometer la delicada sostenibilidad financiera del Instituto Guatemalteco de Seguridad Social -IGSS-.
2. EXHORTA a la Junta Directiva del IGSS que, en uso de su autonomía, tome decisiones en defensa de la clase trabajadora, sus prestaciones y seguro social al que han contribuido trabajadores y jubilados por años como garantía de servicios de salud y un retiro digno. Así mismo, comunique a la población guatemalteca el monto exacto de la cuota patronal que se le adeuda y su situación financiera para tener conocimiento real de los aportes que puede realizar, según sus posibilidades, en esta crisis sanitaria nacional sin comprometer su existencia y las contribuciones de sus afiliados.
3. HACE UN LLAMADO a la clase trabajadora afiliada al seguro social, a permanecer atentos a las decisiones que se tomen respecto al Instituto Guatemalteco de Seguridad Social -IGSS- sobre los fondos que dan cobertura a los programas de jubilación, servicios de salud para población de la tercera edad, programas de maternidad, cobertura para población con discapacidad, entre otros, a los cuales han contribuido.
4. REAFIRMA su compromiso con la sociedad guatemalteca en poner a disposición la capacidad de sus instalaciones científicas para coordinar con el Ministerio de Salud Pública los resultados de pruebas y acelerar el conocimiento del alcance del COVID 19 en el país y ser parte de las comisiones técnicas que propongan soluciones a la actual coyuntura en el área social, económica, jurídica y política.
5. INVITA al Instituto Guatemalteco de Seguridad Social —IGSS- a seguir fortaleciendo los vínculos de cooperación con la Universidad de San Carlos de Guatemala y, como entidades autónomas de rango constitucional, generar los espacios de trabajo en proyectos conjuntos de investigación científica aplicada a las ciencias de la salud para mejorar la calidad de vida de la población guatemalteca.
«ID Y ENSEÑAD A TODOS»
Guatemala, 28 de marzo de 2020.